Los derechos forales son un tipo de derechos locales de singularidad en el ordenamiento jurídico español que solo existen en algunas Comunidades Autónomas españolas como Navarra, Galicia, País Vasco, Aragón, Cataluña e Islas Baleares. Estos otorgan la potestad de crear una serie de servicios administrativos forales especiales.
¿Qué son los servicios administrativos forales especiales?
Los servicios administrativos forales especiales son aquellos que las Administraciones Públicas de ciertas Comunidades Autónomas (en el caso de Navarra, Galicia, País Vasco, Aragón, Cataluña e Islas Baleares) aplican para ejercer su potestad de autoorganización en el territorio.
¿Cuál es el origen de este tipo de servicios?
La existencia de los servicios administrativos forales especiales está fundamentada y tiene su origen en el Derecho Foral o Especial, el cual, a su vez, tiene su origen en las Cartas Pueblas o Cartas de Población que reyes y señores otorgaban al fundar las poblaciones.
Estas Cartas Pueblas eran un pacto entre la población y el rey o señor del lugar en el que se ordenaba el territorio y en las que se regulaban las condiciones de asentamiento en el lugar.
Estas Cartas Pueblas, como consecuencia del crecimiento de las poblaciones, se fueron unificando en normas jurídicas comunes en forma de fueros. Los fueros conformaban un estatuto jurídico de aplicación a un territorio en concreto. Es así como surge el Derecho Foral o Especial que se aplica en diferentes Comunidades Autónomas de España.
¿Dónde se dan este tipo de servicios?
Los servicios administrativos forales especiales se otorgan en aquellas Comunidades Autónomas con Derecho Foral y Especial. Este es el caso de Navarra, Aragón, Cataluña, Galicia, País Vasco (con particularidades dependiendo del territorio de que se trate) e Islas Baleares (con particularidades en cada una de las islas).
Actualmente, en el Ordenamiento Jurídico español conviven el Derecho Común con el Derecho Foral o Especial. Esto significa que el Derecho Foral y Especial se aplicarán de forma supletoria al Derecho Común en estos territorios.
¿Por qué se siguen manteniendo en la actualidad?
La existencia de los derechos forales se ha probado en otros países de Europa, en los que, con el tiempo, estos se fueron unificando en leyes nacionales. Sin embargo, no ocurrió lo mismo en nuestro país, en el que esta unificación no se llevó a cabo y los diferentes fueros han prevalecido hasta nuestros días, fundamentalmente en el ámbito civil. Sin duda, esta es una de las particularidades más importantes del Ordenamiento Jurídico español.
En definitiva, los servicios administrativos forales especiales son organismos de las Administraciones Públicas de las Comunidades Autónomas, a través de los cuales estas ejercitan y llevan a cabo la gestión sus competencias y facultades administrativas.
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