Así es el contrato temporal por sustitución

¿Qué es el contrato temporal?

Un contrato temporal se distingue por el hecho de que tiene una duración finita o limitada entre el empleador y el trabajador. En el mercado laboral español, se trata de un tipo de contratación muy habitual. En la mayoría de los casos, este contrato se hace por escrito con especificaciones de tiempo, pero en otros casos, cuando la productividad de la empresa está en riesgo y la duración es menor a cuatro semanas y un día completo, se puede hacer verbalmente.

Nueva reforma laboral

El espíritu de la llamada “nueva reforma laboral» no pasa por dar prioridad absoluta a los contratos indefinidos y restringir severamente las opciones de contratos temporales. Como resultado del cambio, han surgido nuevos tipos de contratos temporales.

Adiós al contrato temporal de obra y servicio

La eliminación del contrato temporal de obra y servicio significa que las empresas sólo podrán contratar personas de manera temporal para cubrir circunstancias relacionadas con la producción y para reemplazar a los trabajadores. Esto será posible a partir del 30 de marzo de 2022, cuando entrará en vigor lo dispuesto en la Ley de Contratación Temporal. Hasta ese día, las empresas pueden seguir negociando contratos laborales y de servicios. Eso es todo, con una restricción de tiempo. A partir del 30 de marzo solo serán posibles los contratos temporales en los dos escenarios descritos.

Excepciones

Debe tener en cuenta que aún existen casos (y seguirán existiendo) en los que se aplica la «antigua» (pre-reforma) legislación laboral a determinados contratos temporales.

Fecha de inicio

A partir del 30 de marzo de 2022 solo serán posibles dos tipos de contratos temporales: los basados en circunstancias de producción y los basados en sustitución.

Contrato por sustitición

Este tipo de contrato de sustitución puede celebrarse o completarse cuando un empleado de plantilla deja la empresa de manera temporal, ya sea por una circunstancia atenuante o por otra circunstancia, y conserva su puesto de trabajo; en este caso, la empresa puede establecer este contrato con un nuevo empleado. Hasta que sea recontratado, el nuevo empleado ocupará el puesto vacante.

Este tipo de contrato temporal también se puede utilizar para cubrir la reducción de horas (por ejemplo en bajas o definiciones por maternidad, paternidad, etc.).

En estos casos, el contrato puede iniciarse hasta 15 días antes de que se produzca la ausencia del trabajador a sustituir; en consecuencia, la persona que deja la empresa tiene esos 15 días para buscar una nueva.

Caracteristicas

  • Esta opción de contratación también puede utilizarse para cubrir el trabajo de un trabajador con jornada reducida, siempre que la jornada reducida se deba a alguna de las causas recogidas en la normativa o en un convenio colectivo.
  • Este tipo de contrato tendrá una duración máxima de tres meses, sin posibilidad de renovación, salvo que esté limitada por conveniencia.
  • Estos contratos sustitutivos tienen los mismos derechos que los demás contratos, pero sin derecho a indemnización; en la medida en que se utilicen para cubrir una vacante que dure más de tres meses.

La reforma laboral ha cambiado el paradigma contractual y empresarial en España (aunque no en la medida que cabría esperar). El año 2022 se ha propuesto como un año clave para ver cómo se manifiestan estos cambios y la actuación de las empresas a la hora de firmar contratos laborales. Unos contratos que, como todos sabemos, se presumirán indefinidos a partir de 2022, como reflejo del espíritu de la nueva reforma laboral.

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